REAL DECRETO 195/2000, DE 11 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PLAZO PARA IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS PREVISTAS POR EL REGLAMENTO APROBADO POR EL REAL DECRETO 994/1999, DE 11 DE JUNIO
El
Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan
datos de carácter personal, aprobado por Real Decreto 994/1999, de 11 de junio,
estableció en su disposición transitoria única los plazos de implantación de las
medidas de seguridad para los sistemas de información que se encontraran en
funcionamiento en el momento de entrada en vigor de dicho
Reglamento.
El
“Efecto 2000” ha obligado a los responsables de los sistemas informáticos a
realizar un considerable esfuerzo de adaptación de dichos sistemas, lo que ha
supuesto una dificultad objetiva para poder implantar en el plazo provisto las
medidas de seguridad de nivel básico exigidas por el Reglamento. Resulta
necesario por todo ello establecer un nuevo plazo para la implantación de estas
medidas.
En su
virtud, a propuesta de la Ministra de Justicia, previo informe de la Agencia de
Protección de Datos, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de febrero de
2000,
Los
sistemas de información que se encontraran en funcionamiento a la entrada en
vigor del Reglamento, aprobado por el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio,
deberán implantar las medidas de seguridad de nivel básico previstas por dicho
Reglamento en un plazo que finalizará el día 26 de marzo de
2000
Con
efecto retroactivo, se considerará rehabilitado como plazo para la implantación
de las medidas de seguridad de nivel básico, con la consiguiente exención de
responsabilidad, el comprendido entre el momento de entrada en vigor del
presente Real Decreto y el de conclusión del plazo fijado por el Reglamento
aprobado por el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio.
El
presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el “Boletín Oficial del Estado”.
Dado
en Madrid a 11 de febrero de 2000.
JUAN
CARLOS R.
La
Ministra de Justicia,
MARGARITA
MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN